El maltrato animal será perseguido de oficio en CDMX

El maltrato animal será perseguido de oficio en CDMX

Por Ros Aguilera

El maltrato animal ya podrá ser perseguido de oficio, pues el 21 de agosto de 2023 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la reforma aprobada por el Congreso de la Ciudad de México, donde se modifican los artículos 350 Bis y 350 Ter del Código Penal para el Distrito Federal (sic), ésta reforma no requiere de una denuncia para que el órgano judicial abra una investigación.

La reforma entró en vigor el martes 22 de agosto, con lo que se crea un precedente en México, pues aún existen unos pocos estados donde ni siquiera es considerado como delito al maltrato animal.

La modificación al artículo 350 bis queda de la siguiente forma:

Fracciones II, III, Sexto párrafo, y se deroga el último párrafo.

  1. Cuando le cause un daño temporal o permanente que le provoque la falta de movilidad de alguna parte de su cuerpo o afecte el normal funcionamiento de alguno de sus órganos, y

III. Se mutile con algún fin distinto a cualquier procedimiento médico veterinario relacionado con la salud y bienestar de cualquier animal.

Para los efectos del presente título, se entenderá por especie animal, al organismo vivo no humano, sensible, que posee movilidad propia y capacidad de respuesta a los estímulos del medio ambiente perteneciente a una especie doméstica o silvestre, incluyendo a los animales abandonados o que se encuentren en el entorno urbano.

En cuanto al artículo 350 Ter se derogó el párrafo quinto.

¿Por qué la importancia de la persecución de oficio para el maltrato animal?

Por lo general en los casos en que se incurre en maltrato animal, para promover una investigación es necesaria la instancia de parte agraviada, que en estas circunstancias, serían las/los tutores humanos, o en mucha menor medida algún testigo, sin embrago, no olvidemos que de hecho, animales en situación de calle y abandono pueden ser y son víctimas de maltrato.

Lo anterior ha dejado una laguna de acción, ya que de por sí los procedimientos de este tipo son considerados burocráticos y engorrosos cuando se habla de quienes tienen hogares. En adelante, cualquier persona sin que tenga que ser el tutor/a de ellas o ellos, podrá solicitar la apertura una carpeta de investigación contra este delito.

Esta modificación marca una pauta para otras ciudades de México y también de América Latina, con la posibilidad cada vez más latente de llegar a la prohibición de prácticas como la tauromaquia y las peleas permitidas y clandestinas de gallxs, perrxs, etcetera, así como algunas otras prácticas tradicionales, menos populares, que incurren en maltrato y muerte de diversas especies.

Referencias:

CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL. 2023.

 

Compartir:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Otros Post

Responde el siguiente formulario y obtén totalmente gratis un recetario vegano

Gracias por Responder

En agradecimiento te regalo mi Recetario Vegano:

“VEGANIZA TU PALADAR
Porque la compasión empieza en el sentido del gusto”